PRL — riesgos del puesto
En una frase: Formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, sobre los riesgos del puesto de cada trabajador: al contratar, al cambiar de funciones y ante nuevos riesgos.
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Norma principal | Ley 31/1995 de PRL, art. 19 |
| Periodicidad | Al inicio, ante cambios de puesto o funciones y nuevos riesgos; debe mantenerse actualizada. |
| Última verificación | 2026-06-23 contra el BOE |
Marco legal vigente
- Norma principal: Ley 31/1995 de PRL, art. 19
- Ley 31/1995 (arts. 19 y 20)
- RD 39/1997, Reglamento de los Servicios de Prevención
A quién obliga
Todas las empresas con personas trabajadoras, sin excepción de tamaño ni sector.
Qué exige la formación
Formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, sobre los riesgos del puesto de cada trabajador: al contratar, al cambiar de funciones y ante nuevos riesgos.
Periodicidad / renovación: Al inicio, ante cambios de puesto o funciones y nuevos riesgos; debe mantenerse actualizada.
Sanciones por incumplimiento
Infracción grave o muy grave (LISOS, RDL 5/2000): multas que superan los 49.000 € y responsabilidad civil y penal en accidentes.
Formación relacionada
PRL Básico A — CiberAula.
Última verificación: 2026-06-23 contra el BOE.
Información divulgativa, no asesoramiento jurídico. La normativa puede cambiar; consulte siempre la fuente oficial.