Biocidas / control de plagas (DDD)
En una frase: El personal aplicador de biocidas (desinfección, desinsectación, desratización) debe disponer de formación habilitante y la empresa estar inscrita en el registro oficial (ROESB/ROESP).
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Norma principal | RD 830/2010 |
| Periodicidad | Formación habilitante; actualización según normativa. |
| Última verificación | 2026-06-24 contra el BOE |
Marco legal vigente
- Norma principal: RD 830/2010
- Reglamento (UE) 528/2012
A quién obliga
Empresas de control de plagas, mantenimiento y sanidad ambiental.
Qué exige la formación
El personal aplicador de biocidas (desinfección, desinsectación, desratización) debe disponer de formación habilitante y la empresa estar inscrita en el registro oficial (ROESB/ROESP).
Periodicidad / renovación: Formación habilitante; actualización según normativa.
Sanciones por incumplimiento
Ley 33/2011 de salud pública: graves/muy graves.
Formación relacionada
Control de plagas — CiberAula.
Última verificación: 2026-06-24 contra el BOE.
Información divulgativa, no asesoramiento jurídico. La normativa puede cambiar; consulte siempre la fuente oficial.