Preguntas frecuentes sobre formación bonificada FUNDAE

Más de 30 preguntas reales que recibimos de empresas, respondidas con normativa vigente y experiencia de más de 20 años gestionando bonificaciones.

Última actualización: abril 2026 · Basado en Ley 30/2015 y RD 694/2017


Lo esencial en 30 segundos

Toda empresa con al menos 1 trabajador en Régimen General tiene derecho a formación bonificada, con un crédito mínimo de 420 €. El crédito es anual y se pierde si no se usa antes del 31 de diciembre. La gestión se hace a través de empresa.fundae.es con certificado digital. Los autónomos sin trabajadores no pueden bonificar.

I
Preguntas sobre

Requisitos y elegibilidad

¿Puede un autónomo bonificar formación?

No directamente. Los autónomos sin trabajadores no cotizan por formación profesional y no generan crédito. Si un autónomo tiene trabajadores en Régimen General, puede bonificar la formación de esos trabajadores (no la suya). Para la formación del autónomo, existen las convocatorias de formación subvencionada del SEPE.

Pueden bonificar

  • Empresas privadas con trabajadores en Régimen General
  • Autónomos con trabajadores contratados
  • Empresas de nueva creación (con crédito mínimo)
  • Empresas con trabajadores a tiempo parcial
  • Empresas con trabajadores en ERTE

No pueden bonificar

  • Autónomos sin trabajadores (RETA puro)
  • Administraciones públicas
  • Organismos públicos (INAP gestiona su formación)
  • Asociaciones sin empleados cotizantes

¿Puede bonificar una empresa de nueva creación?

Sí, pero con matices. El crédito se calcula sobre la cotización del año anterior. Sin cotización previa, el crédito puede ser muy bajo. A partir del segundo año tendrá crédito basado en la cotización del primero.

Crédito mínimo garantizado

Las empresas de 1 a 5 trabajadores se benefician de un crédito mínimo de 420 € independientemente de su cotización. Esto significa que una empresa de nueva creación con al menos un trabajador tiene garantizado ese mínimo desde el primer día.

¿Los contratos a tiempo parcial generan crédito?

Sí. Todos los trabajadores en Régimen General generan crédito, sea su contrato a tiempo completo o parcial. La cotización por formación profesional se calcula sobre la base de cotización, proporcional a la jornada.

¿Se puede bonificar formación para trabajadores en ERTE?

Sí, y es uno de los usos más recomendados. Los trabajadores en ERTE mantienen su relación laboral y pueden recibir formación bonificada.

Consejo estratégico

En periodos de ERTE es especialmente inteligente invertir en formación bonificada: los trabajadores están disponibles, la empresa aprovecha un crédito que de otro modo perdería, y el equipo vuelve a la actividad con competencias actualizadas.


II
Preguntas sobre

Crédito y costes

¿Cuánto crédito tiene mi empresa?

Depende de la cotización por formación profesional del año anterior y la plantilla media.

420
Crédito mínimo

Crédito garantizado para empresas de 1 a 5 trabajadores

Independientemente de la cotización real. Las empresas mayores tienen porcentajes decrecientes: 100 % (6-9 trabajadores), 75 % (10-49), 60 % (50-249), 50 % (más de 250).

Art. 9 · Ley 30/2015 · Consulta crédito en empresa.fundae.es

¿El crédito es acumulable de un año a otro?

Aviso importante

El crédito no es acumulable

El crédito es anual y se pierde si no se utiliza antes del 31 de diciembre. No existe acumulación de años anteriores. Por eso conviene planificar la formación a principio de año y no dejarlo para el último trimestre.

¿Puede la formación tener coste cero para la empresa?

Sí, en muchos casos. Las empresas de 1-5 trabajadores no tienen obligación de cofinanciación: si el coste del curso no supera el crédito, la formación es gratuita. Las empresas mayores deben cofinanciar (5-40 % según plantilla), pero este porcentaje puede cubrirse con el coste salarial durante las horas de formación en horario laboral.

¿Qué pasa si el coste del curso supera mi crédito?

La empresa bonifica hasta el importe de su crédito y paga el resto directamente. Si tiene 500 € de crédito y el curso cuesta 800 €, bonifica 500 € y paga 300 €. También puede optar por cursos más económicos que se ajusten al crédito.

¿Puedo agrupar el crédito con otras empresas?

Sí, mediante agrupaciones de empresas. Varias empresas pueden firmar un acuerdo de agrupación y gestionar conjuntamente su formación bonificada a través de una entidad organizadora. Esto es habitual en sectores con muchas microempresas (hostelería, comercio, construcción).


III
Preguntas sobre

Plazos y comunicaciones

¿Cuándo hay que comunicar el inicio del curso a FUNDAE?

Error más frecuente

Comunicar el inicio tarde invalida toda la bonificación

Antes de que comience el curso o como máximo el día de inicio. Si se comunica después, FUNDAE rechaza la bonificación. Es el error que más dinero cuesta a las empresas.

Plazos clave en el proceso de bonificación

Antes del inicio

Comunicación de inicio a FUNDAE

Obligatoria antes del inicio del curso o como máximo el mismo día. Si se comunica tarde, se pierde la bonificación completa.

Durante el curso

Seguimiento y documentación

Controlar asistencia, registrar evaluaciones y conservar toda la documentación del proceso formativo.

Tras finalizar

Comunicación de finalización

Plazo: 3 meses desde la fecha de fin. Incluir datos de participantes que completaron y costes definitivos.

Mes siguiente a fin Bonificación

Aplicación en boletines TC

Se aplica en los boletines de cotización a partir del mes siguiente. Plazo máximo absoluto: diciembre del ejercicio en curso.

¿Qué pasa si un participante no termina el curso?

Si un participante no completa al menos el 75 % del curso, ese participante no es bonificable. El coste de su plaza no puede bonificarse. El resto de participantes que sí completaron no se ven afectados.

Sí. Si la empresa tiene RLT, debe informarle de la formación que se va a realizar. Si no tiene RLT, debe informar directamente a los trabajadores. En ambos casos hay que conservar el acuse de recibo.

Dato clave en auditoría

No conservar el acuse de recibo de la comunicación a la RLT (o a los trabajadores directamente si no hay RLT) es una de las causas más habituales de devolución en auditorías de FUNDAE.


IV
Preguntas sobre

Plataformas y modalidades

¿Qué modalidades de formación se pueden bonificar?

Presencial

Formación en aula con asistencia física. Requiere hojas de firmas y control de asistencia diario. Puede realizarse en instalaciones de la empresa o del centro formador.

Teleformación

Formación online a través de plataforma LMS homologada. La modalidad más utilizada por su flexibilidad. Requiere trazabilidad, tutorización y evaluación integrada.

Mixta (blended)

Combinación de presencial y teleformación. Cada parte debe cumplir los requisitos de su modalidad. Ideal para formaciones que requieren práctica presencial.

A distancia

Con materiales físicos enviados al alumno. Modalidad en desuso, sustituida en la práctica por la teleformación.

¿Cualquier plataforma online vale para teleformación?

Requisito técnico obligatorio

No. La plataforma debe cumplir requisitos FUNDAE

La plataforma de teleformación debe garantizar: trazabilidad del alumno, control de tiempos de conexión, evaluación integrada, tutorización activa y generación de informes de seguimiento. Usar una plataforma que no cumpla estos requisitos es causa de devolución en auditoría.

¿Se puede hacer formación presencial en las propias instalaciones de la empresa?

Sí. La formación presencial puede realizarse en las instalaciones de la empresa, en las de la entidad formadora, o en cualquier lugar adecuado. Lo importante es documentar la asistencia con hojas de firmas y conservar el material didáctico utilizado.


V
Preguntas sobre

Auditorías y documentación

¿FUNDAE puede auditar a mi empresa?

4 años
Plazo de auditoría

FUNDAE puede revisar bonificaciones hasta 4 años después

Si en la auditoría se detectan incumplimientos, la empresa debe devolver las bonificaciones aplicadas más los intereses correspondientes. No hay excepciones.

Art. 18.6 · Ley 30/2015 · Plazo de prescripción

¿Qué documentación debo conservar?

Comunicaciones FUNDAE

Capturas o justificantes de la comunicación de inicio y de finalización en la aplicación telemática de FUNDAE.

Comunicación a la RLT

Documento de información a la Representación Legal de los Trabajadores (o directamente a los trabajadores) con acuse de recibo firmado.

Documentación económica

Contrato con la entidad formadora, factura detallada y justificantes de pago. Los costes deben coincidir con lo comunicado a FUNDAE.

Documentación formativa

Programa del curso, control de asistencia firmado (presencial) o informes de seguimiento (teleformación), pruebas de evaluación, cuestionarios de satisfacción y diplomas.

Boletines TC

Boletines de cotización donde se aplicaron las bonificaciones. Conservar durante todo el plazo de prescripción de 4 años.

¿Qué pasa si pierdo la documentación?

Consecuencia directa

Si la empresa no puede justificar la bonificación aplicada, FUNDAE exigirá la devolución íntegra del importe bonificado más intereses. No hay excepciones ni atenuantes. Mantener un archivo digitalizado es la mejor prevención.

Buena práctica de CiberAula

Digitaliza toda la documentación de cada acción formativa desde el primer día. Una carpeta digital por curso con todos los documentos es la mejor póliza de seguro ante una auditoría. Lo que no está documentado, no se puede justificar.


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