Preguntas frecuentes sobre formación bonificada FUNDAE
Más de 30 preguntas reales que recibimos de empresas, respondidas con normativa vigente y experiencia de más de 20 años gestionando bonificaciones.
Última actualización: abril 2026 · Basado en Ley 30/2015 y RD 694/2017
Toda empresa con al menos 1 trabajador en Régimen General tiene derecho a formación bonificada, con un crédito mínimo de 420 €. El crédito es anual y se pierde si no se usa antes del 31 de diciembre. La gestión se hace a través de empresa.fundae.es con certificado digital. Los autónomos sin trabajadores no pueden bonificar.
¿Puede un autónomo bonificar formación?
No directamente. Los autónomos sin trabajadores no cotizan por formación profesional y no generan crédito. Si un autónomo tiene trabajadores en Régimen General, puede bonificar la formación de esos trabajadores (no la suya). Para la formación del autónomo, existen las convocatorias de formación subvencionada del SEPE.
¿Puede bonificar una empresa de nueva creación?
Sí, pero con matices. El crédito se calcula sobre la cotización del año anterior. Sin cotización previa, el crédito puede ser muy bajo. A partir del segundo año tendrá crédito basado en la cotización del primero.
Las empresas de 1 a 5 trabajadores se benefician de un crédito mínimo de 420 € independientemente de su cotización. Esto significa que una empresa de nueva creación con al menos un trabajador tiene garantizado ese mínimo desde el primer día.
¿Los contratos a tiempo parcial generan crédito?
Sí. Todos los trabajadores en Régimen General generan crédito, sea su contrato a tiempo completo o parcial. La cotización por formación profesional se calcula sobre la base de cotización, proporcional a la jornada.
¿Se puede bonificar formación para trabajadores en ERTE?
Sí, y es uno de los usos más recomendados. Los trabajadores en ERTE mantienen su relación laboral y pueden recibir formación bonificada.
En periodos de ERTE es especialmente inteligente invertir en formación bonificada: los trabajadores están disponibles, la empresa aprovecha un crédito que de otro modo perdería, y el equipo vuelve a la actividad con competencias actualizadas.
¿Cuánto crédito tiene mi empresa?
Depende de la cotización por formación profesional del año anterior y la plantilla media.
Crédito garantizado para empresas de 1 a 5 trabajadores
Independientemente de la cotización real. Las empresas mayores tienen porcentajes decrecientes: 100 % (6-9 trabajadores), 75 % (10-49), 60 % (50-249), 50 % (más de 250).
¿El crédito es acumulable de un año a otro?
¿Puede la formación tener coste cero para la empresa?
Sí, en muchos casos. Las empresas de 1-5 trabajadores no tienen obligación de cofinanciación: si el coste del curso no supera el crédito, la formación es gratuita. Las empresas mayores deben cofinanciar (5-40 % según plantilla), pero este porcentaje puede cubrirse con el coste salarial durante las horas de formación en horario laboral.
¿Qué pasa si el coste del curso supera mi crédito?
La empresa bonifica hasta el importe de su crédito y paga el resto directamente. Si tiene 500 € de crédito y el curso cuesta 800 €, bonifica 500 € y paga 300 €. También puede optar por cursos más económicos que se ajusten al crédito.
¿Puedo agrupar el crédito con otras empresas?
Sí, mediante agrupaciones de empresas. Varias empresas pueden firmar un acuerdo de agrupación y gestionar conjuntamente su formación bonificada a través de una entidad organizadora. Esto es habitual en sectores con muchas microempresas (hostelería, comercio, construcción).
¿Cuándo hay que comunicar el inicio del curso a FUNDAE?
Plazos clave en el proceso de bonificación
Comunicación de inicio a FUNDAE
Obligatoria antes del inicio del curso o como máximo el mismo día. Si se comunica tarde, se pierde la bonificación completa.
Seguimiento y documentación
Controlar asistencia, registrar evaluaciones y conservar toda la documentación del proceso formativo.
¿Qué pasa si un participante no termina el curso?
Si un participante no completa al menos el 75 % del curso, ese participante no es bonificable. El coste de su plaza no puede bonificarse. El resto de participantes que sí completaron no se ven afectados.
¿Es obligatorio informar a la Representación Legal de los Trabajadores?
Sí. Si la empresa tiene RLT, debe informarle de la formación que se va a realizar. Si no tiene RLT, debe informar directamente a los trabajadores. En ambos casos hay que conservar el acuse de recibo.
No conservar el acuse de recibo de la comunicación a la RLT (o a los trabajadores directamente si no hay RLT) es una de las causas más habituales de devolución en auditorías de FUNDAE.
¿Qué modalidades de formación se pueden bonificar?
Presencial
Formación en aula con asistencia física. Requiere hojas de firmas y control de asistencia diario. Puede realizarse en instalaciones de la empresa o del centro formador.
Teleformación
Formación online a través de plataforma LMS homologada. La modalidad más utilizada por su flexibilidad. Requiere trazabilidad, tutorización y evaluación integrada.
¿Cualquier plataforma online vale para teleformación?
No. La plataforma debe cumplir requisitos FUNDAE
La plataforma de teleformación debe garantizar: trazabilidad del alumno, control de tiempos de conexión, evaluación integrada, tutorización activa y generación de informes de seguimiento. Usar una plataforma que no cumpla estos requisitos es causa de devolución en auditoría.
¿Se puede hacer formación presencial en las propias instalaciones de la empresa?
Sí. La formación presencial puede realizarse en las instalaciones de la empresa, en las de la entidad formadora, o en cualquier lugar adecuado. Lo importante es documentar la asistencia con hojas de firmas y conservar el material didáctico utilizado.
¿FUNDAE puede auditar a mi empresa?
¿Qué documentación debo conservar?
Comunicaciones FUNDAE
Capturas o justificantes de la comunicación de inicio y de finalización en la aplicación telemática de FUNDAE.
Comunicación a la RLT
Documento de información a la Representación Legal de los Trabajadores (o directamente a los trabajadores) con acuse de recibo firmado.
Documentación económica
Contrato con la entidad formadora, factura detallada y justificantes de pago. Los costes deben coincidir con lo comunicado a FUNDAE.
¿Qué pasa si pierdo la documentación?
Si la empresa no puede justificar la bonificación aplicada, FUNDAE exigirá la devolución íntegra del importe bonificado más intereses. No hay excepciones ni atenuantes. Mantener un archivo digitalizado es la mejor prevención.
Digitaliza toda la documentación de cada acción formativa desde el primer día. Una carpeta digital por curso con todos los documentos es la mejor póliza de seguro ante una auditoría. Lo que no está documentado, no se puede justificar.